A-390/26 de 2026
Ponente Carlos Camargo Assis
Temas y subtemas del fallo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Recusación formulada en contra del magistrado Vladimir Fernández Andrade.
El ciudadano fundamentó la recusación en las siguientes situaciones: (i) haber intervenido en la expedición del decreto objeto de revisión.
(ii) Tener interés directo o indirecto en la decisión.
(iii) Conflicto de intereses activo.
(iv) Prejuzgamiento material y (v) denuncia previa.
La Corte reiteró que, de acuerdo con lo establecido en los Autos 075/22 y 558/25, las recusaciones deben ser presentadas por el Procurador General, el demandante, los intervinientes y quienes hayan tenido iniciativa legislativa o intervenido como ponente en la elaboración de la norma.
La Sala precisó, además, que el interés de los intervinientes se activa cuando han formulado argumentos tenientes a defender o impugnar la constitucionalidad de la disposición objeto de control y que esto debe ocurrir dentro del término de fijación en lista o, incluso, previo a ello.
Se verificó el cumplimiento de los requisitos de procedencia y se encontró que la recusación formulada en esta oportunidad no satisfizo los presupuestos de oportunidad y carga argumentativa.
Con base en lo anterior se RECHAZÓ, por falta de pertinencia.